Acuerdo de Participación y Aportes Territoriales de PanamAdventure
Versión 2.1 — prepublicación
Idioma prevalente: español
Estado de prepublicación. Este documento de referencia corresponde a la primera etapa de la plataforma. No entra en vigor ni se ofrece para aceptación hasta identificar a la persona natural responsable y activar esta versión.
Identidad y naturaleza de la plataforma
- Nombre público del proyecto: PanamAdventure
- Naturaleza: plataforma digital independiente en etapa piloto y nombre público del proyecto; no es una persona jurídica ni un contribuyente distinto de quien la administra.
- Administración: a cargo de una persona natural.
- Persona natural responsable: Ernesto Antonio Fisher
- Identificación personal: -------
- Domicilio en Panamá: Panamá, República de Panamá
- Correo para asuntos legales, privacidad y propiedad intelectual: [email protected]
- Dominio oficial: https://panamadventure.com
- Fecha de entrada en vigor: [PENDIENTE: fecha de entrada en vigor]
La persona natural identificada arriba se denomina en este Acuerdo el Operador. La persona que presenta uno o más Aportes al programa se denomina en adelante el Participante. PanamAdventure es la plataforma digital y el nombre público del proyecto administrado por el Operador; no designa una sociedad, persona jurídica, patrimonio ni contribuyente separado. Toda obligación o derecho atribuido a PanamAdventure en este Acuerdo corresponde al Operador, salvo que en el futuro se informe y acepte válidamente una sustitución contractual.
Al aceptar electrónicamente este Acuerdo, el Participante declara que tuvo oportunidad de leerlo, que comprende sus condiciones y que tiene capacidad legal para obligarse.
1. Finalidad y alcance
Este Acuerdo regula la participación y el envío de fotografías, videos, artículos, información y demás piezas al Programa de Aportes Territoriales de PanamAdventure, así como su evaluación, edición, publicación, atribución y eventual contraprestación.
El programa es un espacio para aportar fotografías, videos, artículos e información documentada sobre los destinos, comunidades, cultura y naturaleza de Panamá. Es un marco general para administrar la relación con el Participante; no concede por sí solo una licencia sobre su portafolio, redes sociales, archivos anteriores ni un conjunto indeterminado de obras futuras.
Cada artículo, fotografía, video, audio, ilustración, traducción, información documentada u otra pieza constituirá un Aporte territorial y deberá identificarse individualmente. Antes de publicarlo, la plataforma deberá registrar una Aceptación de Licencia por Pieza otorgada por el Participante mediante una acción afirmativa. Una campaña, encargo o anexo particular podrá establecer condiciones adicionales para un Aporte concreto.
2. Definiciones
Para efectos de este Acuerdo:
- Aporte o Aporte territorial: toda obra, archivo, pieza o información documentada presentada al programa, incluidos textos, fotografías, videos, audios, ilustraciones, diseños, traducciones, datos, metadatos, originales y materiales auxiliares.
- Aporte aceptado: Aporte seleccionado expresamente por el Operador para continuar el proceso editorial. Su aceptación no equivale por sí sola a publicación.
- Aporte publicado: Aporte que el Operador ha hecho visible en una superficie pública.
- Aceptación de Licencia por Pieza o Aceptación: registro electrónico que deja constancia de que el Participante autorizó un Aporte concreto bajo la Licencia Estándar PanamAdventure de la sección 9. Identifica la pieza, la versión del Acuerdo aceptada y su huella criptográfica, el idioma leído, las autorizaciones de terceros declaradas y la fecha, hora e IP de la acción afirmativa. Sus campos mínimos son los del Anexo A.
- Publicación: decisión expresa del Operador de hacer visible una pieza en una superficie pública. Cargar, recibir, revisar, preparar o aprobar internamente un archivo no equivale a publicarlo.
- Canales Oficiales: el sitio web, aplicaciones, boletines y cuentas sociales administrados directamente por el Operador, según los define la sección 9.
- Puntos: asientos internos de reconocimiento y trazabilidad. No son dinero, depósito, valor negociable, saldo retirable, salario ni derecho automático a un pago.
- Reglamento de Incentivos: documento separado que, únicamente cuando esté vigente y haya sido aceptado, define un período económico, sus unidades elegibles, fórmula, deducciones, liquidación, reclamos y pagos.
3. Requisitos, solicitud y aprobación
La persona solicitante debe:
- tener al menos dieciocho años;
- proporcionar información veraz, vigente y suficiente;
- verificar su correo electrónico;
- proteger sus credenciales; y
- completar las verificaciones razonables solicitadas por el Operador.
Esta versión no admite menores de edad como Participantes. Un programa futuro para menores requerirá condiciones separadas, verificación del representante legal y controles reforzados.
La solicitud crea solamente una cuenta inactiva y un perfil pendiente. El Operador podrá verificar identidad, portafolio, referencias, coherencia temática, seguridad, conflictos de interés y cumplimiento; pedir aclaraciones o correcciones; y aprobar o rechazar la solicitud. La admisión no es automática ni constituye un derecho adquirido.
Cuando una decisión produzca efectos significativos para la persona, no se adoptará exclusivamente mediante tratamiento automatizado sin ofrecer una vía razonable de revisión humana.
La cuenta y el rol de Participante se activan únicamente después de la aprobación administrativa y de las aceptaciones electrónicas exigidas. El Operador podrá requerir una nueva verificación cuando existan señales razonables de suplantación, fraude o información desactualizada.
4. Naturaleza independiente de la relación
La participación es voluntaria, independiente y no exclusiva. Cada Participante decide libremente si presenta un Aporte y organiza sus propios medios, tiempo y forma de preparación. No se exige jornada, lugar de trabajo, disponibilidad mínima, volumen de entregas, permanencia ni subordinación.
La aceptación de un Aporte y la contraprestación correspondiente no crean, por sí solas, una relación laboral, sociedad, mandato, agencia, representación, franquicia ni obligación de continuidad entre las partes. El Participante no podrá presentarse como empleado, representante autorizado o portavoz de PanamAdventure.
El nombre que las partes den a la relación no desplaza normas imperativas. Si los hechos configuran una relación laboral, se aplicará la legislación correspondiente. Los encargos remunerados, recurrentes, sujetos a horarios, supervisión continua, disponibilidad obligatoria o instrucciones operativas especiales deberán documentarse por separado.
5. Modalidades de participación
El Contenido podrá recibirse mediante:
- propuestas iniciadas por el Participante;
- recepción directa documentada por la administración; o
- encargos remunerados y campañas especiales.
Cada modalidad deberá identificar la pieza, autoría o titularidad, alcance de la licencia, naturaleza gratuita u onerosa, incentivo, plazo, revisiones y condiciones particulares. Una campaña patrocinada, exclusividad, cesión o encargo con precio fijo no se presume incluido en el régimen ordinario de Puntos.
6. Titularidad, obras colectivas y derechos morales
El Participante conserva la titularidad de los derechos patrimoniales sobre su Aporte, salvo que exista una cesión separada, escrita, específica y expresamente aceptada. La incorporación de un Aporte a PanamAdventure no transfiere su propiedad intelectual ni concede exclusividad por sí sola.
Las partes acuerdan que la integración editorial o técnica de distintas contribuciones en la plataforma no convierte automáticamente cada aporte en una obra colectiva ni produce una transferencia ilimitada de derechos al Operador. Si una producción se estructurará como obra colectiva, obra audiovisual por encargo o cesión de derechos, deberá regularse en un contrato particular.
El Operador respetará el reconocimiento de autoría, la integridad de la obra y los demás derechos morales reconocidos por la legislación aplicable. El Participante podrá elegir como crédito su nombre real o un seudónimo y, cuando sea jurídicamente admisible y editorialmente viable, solicitar anonimato.
Aportar datos, verificar información, facilitar acceso, posar en una imagen o colaborar logísticamente no crea coautoría por sí solo, sin perjuicio del reconocimiento editorial que corresponda.
7. Autorización temporal para recibir y evaluar propuestas
Desde que el Participante envía un Aporte y hasta que este sea retirado, rechazado, eliminado o publicado, concede al Operador una autorización gratuita, no exclusiva, temporal y limitada a la evaluación y preparación editorial.
Esta autorización permite únicamente:
- recibir, almacenar, respaldar y reproducir internamente el archivo;
- revisar calidad, seguridad, metadatos, originalidad, cumplimiento y posibles conflictos de derechos;
- compartirlo de forma restringida con personal editorial y proveedores que actúen bajo instrucciones y deberes de confidencialidad;
- generar copias de trabajo, vistas previas, miniaturas, transcripciones o traducciones de evaluación; y
- solicitar correcciones, fuentes, originales o autorizaciones.
La autorización tiene alcance mundial exclusivamente porque la infraestructura y los proveedores técnicos pueden estar distribuidos en distintos países. No permite publicar, promocionar, vender, licenciar a terceros ni explotar la pieza. Tampoco permite que el Operador o sus proveedores la utilicen para entrenar o ajustar modelos generativos de inteligencia artificial.
Si el Participante retira la propuesta antes de una decisión, el Operador restringirá su acceso operativo y eliminará las copias de trabajo dentro de treinta días calendario. Las copias técnicas de respaldo se sobrescribirán dentro de su ciclo ordinario, que no excederá ciento veinte días, salvo que deba conservarse evidencia mínima por una obligación legal, un reclamo, fraude o seguridad.
Si la pieza es rechazada, se aplicará el período indicado en la sección 14. Si se publica, esta autorización temporal termina y el uso posterior se rige por la Aceptación de Licencia por Pieza registrada.
8. Aceptación de licencia por pieza
Ningún Aporte podrá publicarse sin una Aceptación de Licencia por Pieza otorgada mediante una acción afirmativa del Participante y registrada por la plataforma con, como mínimo, los campos del Anexo A.
Las condiciones de la licencia no se negocian pieza por pieza: toda Aceptación otorga la Licencia Estándar PanamAdventure descrita en la sección 9, con el alcance, los canales, el territorio y el plazo allí fijados, y nada más. El Participante ve esas condiciones en pantalla en el momento de aceptar. La autorización se interpreta de manera restrictiva y no comprende modalidades, canales, territorios o plazos que la sección 9 no identifique.
Toda Aceptación otorgada bajo esta versión del Acuerdo es gratuita: no genera por sí misma contraprestación económica. Una contraprestación fija, una participación económica variable conforme a un Reglamento de Incentivos vigente y aceptado, o cualquier otra fórmula, requieren un contrato particular de encargo o anexo separado conforme a la sección 29; no se derivan de esta Aceptación.
La plataforma conservará la versión exacta del Acuerdo aceptada, junto con su huella criptográfica, y pondrá una copia accesible a disposición del Participante. Una Aceptación no puede incorporar mediante referencias ambiguas derechos más amplios que los mostrados al Participante al momento de aceptar.
9. Licencia Estándar PanamAdventure
Por cada Aceptación de Licencia por Pieza, el Participante concede al Operador una licencia:
- no exclusiva;
- no transferible de forma separada, salvo lo previsto para proveedores técnicos y sucesores en este Acuerdo;
- de alcance mundial, por la naturaleza global de Internet;
- por cinco años contados desde la primera Publicación; y
- limitada a los usos descritos en esta sección y a los Canales Oficiales del Operador: su sitio web, aplicaciones, boletines y cuentas sociales oficiales.
La Licencia Estándar comprende únicamente los actos necesarios para alojar, reproducir técnicamente, poner a disposición, comunicar públicamente por medios digitales y promocionar directamente la pieza o la superficie de PanamAdventure donde aparece. Puede incluir enlaces, extractos, miniaturas, fragmentos y vistas previas, dentro de los límites de edición de la sección 10.
Durante sus cinco años de vigencia, la licencia concedida al Operador permanece válida aunque el Participante publique la misma pieza en otros medios, venda ejemplares, conceda otras licencias no exclusivas o transfiera posteriormente sus derechos patrimoniales. Todo acuerdo posterior deberá respetar esta licencia preexistente. El Participante no podrá conceder exclusividad ni asumir obligaciones incompatibles con los derechos ya otorgados a PanamAdventure, y deberá informar al adquirente o nuevo licenciatario sobre su existencia.
Renovación
La licencia no se renueva automáticamente ni por silencio. El Operador podrá proponer una renovación por períodos adicionales de hasta cinco años. Procurará enviar una notificación material verificable al menos sesenta días calendario antes del vencimiento, indicando la pieza, el nuevo plazo, los usos y la naturaleza económica.
La renovación solo será válida si el Participante realiza una nueva acción afirmativa y esta queda registrada. La recepción del aviso, la falta de oposición, la inactividad de la cuenta o la continuidad técnica del archivo no equivalen a aceptación. Si no existe aceptación antes del vencimiento, la licencia expira.
Al expirar sin renovación, el Operador dejará de iniciar nuevos usos y retirará las copias públicas bajo su control dentro de treinta días calendario. Cachés, copias técnicas y respaldos se depurarán conforme al ciclo de hasta ciento veinte días descrito en este Acuerdo, sin nueva explotación pública.
Proveedores técnicos
La licencia no autoriza una explotación independiente por terceros. El Participante autoriza los actos técnicos indispensables de proveedores que actúen por cuenta, instrucciones y responsabilidad del Operador para alojar, proteger, moderar, procesar o distribuir los usos autorizados. Esos proveedores no adquieren derecho propio sobre el Aporte.
10. Edición, adaptación, traducción y límites de uso
Dentro del alcance autorizado, el Operador podrá redimensionar, comprimir, adaptar relaciones de aspecto, recortar para formatos, crear miniaturas, añadir subtítulos y metadatos, corregir ortografía o formato y preparar versiones accesibles, siempre que preserve razonablemente el sentido, contexto, integridad y reputación del autor.
Las modificaciones sustanciales, los montajes que alteren el mensaje, una recontextualización material, la traducción interpretativa de textos firmados o el uso de fragmentos que puedan inducir a una conclusión distinta requieren aprobación previa del Participante. La traducción sin alteración del sentido está comprendida en la Licencia Estándar de la sección 9. Cuando corresponda, se identificará al traductor y se conservará trazabilidad con la versión original.
Ante una urgencia relacionada con seguridad, exactitud, derechos de terceros o cumplimiento legal, el Operador podrá corregir datos no sustanciales, limitar acceso o retirar preventivamente la pieza, e informará al Participante tan pronto como sea razonablemente posible.
Salvo consentimiento separado, específico y verificable, la licencia no permite:
- vender o revender archivos;
- fabricar mercancía o productos derivados;
- conceder licencias publicitarias a terceros;
- usar la pieza en propaganda político-partidista;
- ceder globalmente los derechos;
- crear o comercializar colecciones de datos o tokens digitales; ni
- entrenar o ajustar modelos generativos de inteligencia artificial.
Las herramientas automatizadas de seguridad, moderación, transcripción o traducción solo podrán usarse bajo condiciones que impidan al proveedor reutilizar el Contenido o los datos para fines propios o entrenamiento de modelos, salvo autorización separada.
11. Alcance según el tipo de Contenido
11.1 Artículos y fotografías de blog
La licencia cubre el artículo correspondiente y su promoción directa mediante extractos, miniaturas, enlaces y publicaciones en los Canales Oficiales autorizados. Las fotografías aportadas exclusivamente para un blog permanecen limitadas a ese artículo y su promoción.
11.2 Fotografías de catálogo
Cuando una fotografía se registre para catálogo, podrá utilizarse en fichas de destinos, atractivos, provincias, comarcas, listados, buscadores, mapas editoriales y promoción directa de esas superficies en los Canales Oficiales autorizados.
11.3 Ampliación de blog a catálogo
Una fotografía de blog no pasa al catálogo automáticamente. La ampliación requiere una nueva aceptación vinculada a la misma pieza que identifique el uso adicional, el plazo y, cuando corresponda, el incentivo complementario.
11.4 Video, audio, dron y piezas especiales
Requieren un anexo que detalle duración, fragmentos promocionales, plataformas, música, voz, imagen, subtítulos, miniaturas, reproductores externos y permisos aplicables.
11.5 Encargos y campañas
Los trabajos por encargo, patrocinios, exclusividad, publicidad de terceros, cesiones o entregables con precio fijo se rigen por un contrato particular que defina precio, impuestos, entregables, revisiones, cancelación, atribución y derechos. Ese contrato prevalece respecto de la pieza correspondiente.
12. Declaraciones, garantías y deber de cooperación del Participante
Por cada Aporte, el Participante declara y garantiza que:
- es autor, titular o cuenta con facultades suficientes para conceder la licencia indicada;
- la pieza no infringe derechos de autor, marcas, derechos colectivos, privacidad, honor, imagen, voz, secretos, confidencialidad ni acuerdos previos;
- obtuvo las autorizaciones de personas identificables cuando sean necesarias para el uso editorial o promocional previsto;
- respecto de cualquier menor representado, dispone de autorización verificable de su representante legal y evita usos que afecten su interés superior;
- obtuvo permisos de propiedad, locación, patrimonio, áreas protegidas, filmación, grabación o acceso cuando sean exigibles o razonablemente necesarios;
- cuenta con licencias suficientes sobre música, efectos, tipografías, gráficos, material de archivo y demás componentes incorporados;
- cumplió las reglas aplicables de seguridad, aviación civil y operación de drones;
- verificó razonablemente la información presentada como hecho y conserva fuentes suficientes;
- reveló patrocinio, regalos, viajes financiados, relaciones comerciales y conflictos de interés relevantes;
- identificó alteraciones relevantes, recreaciones y contenido sintético o generado con inteligencia artificial, sin presentarlo engañosamente como registro auténtico;
- la pieza no contiene malware, instrucciones ilícitas, explotación, acoso, odio, difamación, suplantación, desinformación deliberada ni datos personales innecesarios; y
- no está sujeto a una licencia exclusiva, embargo o restricción incompatible con la autorización concedida.
El Participante conservará los archivos originales y autorizaciones relevantes durante la vigencia de la licencia y por un año adicional, salvo que una norma exija otro período. A solicitud razonable, facilitará evidencia suficiente, protegiendo datos no necesarios. La aprobación editorial no libera al Participante de estas declaraciones ni convierte al Operador en autor de la pieza.
El Participante informará sin demora si descubre un error material, una reclamación, la pérdida de un permiso o cualquier circunstancia que afecte sus facultades. El Operador podrá suspender el uso mientras verifica la situación.
13. Personas, comunidades y derechos colectivos
La autorización del autor de una fotografía o grabación no sustituye los permisos de imagen, voz, propiedad, comunidad o derechos colectivos que sean necesarios para el uso previsto.
Cuando una pieza utilice conocimientos, símbolos, diseños, expresiones culturales o patrimonio de pueblos indígenas o comunidades locales, el Participante deberá:
- obtener las autorizaciones individuales, comunitarias y de autoridades tradicionales que correspondan;
- respetar condiciones de uso y atribución;
- no revelar sitios, prácticas o conocimientos sensibles; y
- informar al Operador cualquier limitación cultural, territorial o comercial.
Una autorización individual de la persona retratada no reemplaza el consentimiento de la autoridad tradicional cuando el uso involucre derechos colectivos protegidos. El Operador podrá solicitar documentación, limitar usos o rechazar la pieza si existen dudas razonables.
14. Revisión editorial, publicación y conservación de propuestas
Todo Contenido está sujeto a revisión. El Operador podrá solicitar fuentes, originales, autorizaciones, correcciones, metadatos o declaraciones de conflicto; detectar duplicados; rechazar, programar, aplazar, corregir o retirar una publicación. No existe obligación de publicar, mantener un orden editorial específico ni conservar una pieza publicada durante toda la licencia.
El Operador podrá reemplazar, rotar, reubicar o dejar de mostrar una fotografía en una ficha, portada, listado u otro módulo cuando seleccione una alternativa de mayor calidad, pertinencia, actualidad o rendimiento editorial. Esa decisión no termina la licencia ni elimina la autoría o el historial de la pieza reemplazada: la fotografía se mantendrá acreditada en el portafolio público del Participante, aunque ya no aparezca en otro módulo de PanamAdventure.
El Participante no podrá publicar directamente en superficies públicas, salvo permiso técnico expreso y revocable. La aprobación interna no garantiza fecha de publicación, audiencia, posicionamiento ni permanencia.
Las solicitudes de ingreso no aprobadas podrán conservarse hasta seis meses después de la decisión para atender reconsideraciones, fraude y seguridad. Las piezas rechazadas y no publicadas podrán conservarse hasta noventa días calendario después de la decisión final; luego se eliminarán o anonimizarán de los sistemas activos. Los respaldos se depurarán dentro de su ciclo ordinario de hasta ciento veinte días adicionales.
Podrá conservarse evidencia mínima durante más tiempo cuando exista una obligación legal, contable o fiscal, un reclamo, una investigación de fraude o la necesidad razonable de defender derechos. Las licencias, aceptaciones, créditos, huellas, liquidaciones y evidencia de cumplimiento se conservarán durante la relación y por el plazo necesario para esas finalidades. La Política de Privacidad desarrolla los períodos y criterios aplicables a los datos personales.
15. Créditos, roles y pluralidad de aportes
Cada Aporte registrará la persona, rol y, cuando proceda, porcentaje. Los porcentajes de un mismo rol autoral deberán sumar cien por ciento. El crédito podrá identificarla como autor, fotógrafo, videógrafo o fuente territorial del Aporte, según corresponda, y aparecerá de forma razonablemente visible o accesible.
Los créditos podrán corregirse de buena fe cuando exista evidencia. Las controversias de autoría, titularidad o porcentaje suspenderán la publicación, los Puntos y las liquidaciones de la pieza hasta que exista acuerdo documentado o decisión competente.
16. Puntos
Los Puntos son asientos internos para reconocer aportes elegibles. No son moneda, depósito, valor negociable, saldo bancario, salario, inversión, propiedad separada ni promesa de rentabilidad. No pueden venderse, retirarse ni transferirse entre cuentas.
Los Puntos nacen únicamente por el evento definido en una regla vigente, normalmente la primera Publicación de una pieza elegible. El sistema distinguirá el historial editorial de las unidades económicamente elegibles dentro de un período activo.
Una pieza solo generará Puntos o conservará elegibilidad económica mientras esté publicada activamente en al menos uno de los módulos que defina la regla vigente. La presencia de una pieza únicamente en el portafolio del Participante o en su historial editorial no cuenta como Publicación elegible. Si el Operador reemplaza, rota, retira o deja de mostrar la pieza en todos los módulos definidos, su elegibilidad cesará hacia el futuro desde ese momento, sin borrar el crédito, el historial ni alterar liquidaciones ya cerradas.
Los Puntos obtenidos antes de la activación de un Reglamento de Incentivos son históricos y no tienen valor económico. No se convertirán retroactivamente en unidades económicas, salvo que un Reglamento posterior los incluya de forma expresa y el Participante lo acepte mediante una acción afirmativa. El silencio o la participación previa no equivalen a esa aceptación.
Duplicados, fraude, error, retiro por falta de derechos o reversión de Publicación podrán generar un asiento compensatorio. El historial no se borrará. Las reglas nuevas operan hacia el futuro y no alteran eventos o liquidaciones cerrados.
Los Puntos por sí solos no integran la herencia ni constituyen deuda exigible. Una suma monetaria ya liquidada y reconocida se regirá por las normas patrimoniales aplicables.
17. Reglamento de Incentivos, liquidaciones y pagos
El componente económico permanece desactivado mientras el Operador no publique un Reglamento de Incentivos para un período determinado y el Participante no lo acepte. La existencia de Puntos no genera por sí sola obligación de pago.
PanamAdventure podrá reconocer una contraprestación por cada Aporte aceptado y publicado, conforme a las condiciones informadas antes de su envío. La aceptación o pago de una pieza no obliga al Participante a presentar nuevos Aportes ni a PanamAdventure a aceptar futuras propuestas.
Antes de abrir un período económico, el Reglamento deberá definir, como mínimo: ingresos incluidos; impuestos; devoluciones; comisiones; costos deducibles; porcentaje destinado al fondo; período y fecha de cierre; unidades elegibles; tratamiento de Puntos históricos; fórmula; redondeo; mínimo de pago; estado de cuenta; verificación; plazo de reclamo; medio de pago y tratamiento de saldos pendientes.
La fórmula aceptada rige el período y no podrá modificarse retroactivamente una vez cerrado. Si el ingreso neto distribuible es cero o negativo, o no existen unidades elegibles, el fondo será cero y no se acumulará deuda futura, salvo que el Reglamento indique expresamente otra cosa.
El Participante será elegible para desembolso únicamente cuando su identidad, información fiscal y medio de pago estén verificados; no exista disputa sobre la pieza; se alcance el mínimo publicado; y se cumplan las condiciones del período. El Operador podrá suspender razonablemente un pago ante fraude, error material, sanción, conflicto de titularidad o información incompleta, informando la causa y el mecanismo de aclaración cuando sea legalmente posible.
El pago podrá ejecutarse mediante un proveedor externo sujeto a salvaguardas contractuales. PanamAdventure registra la liquidación, pero no mantiene una cuenta de depósito ni custodia dinero a nombre del Participante.
18. Impuestos, facturación y seguridad social
Cada parte cumplirá las obligaciones tributarias, de facturación y seguridad social que legalmente le correspondan. El Operador podrá solicitar documentación fiscal, emitir comprobantes o reportes, practicar retenciones exigidas por ley y suspender un desembolso cuando la información esté incompleta, vencida o sea inconsistente.
La participación independiente no elimina obligaciones que surjan de los hechos. El Participante es responsable de evaluar su situación fiscal y de seguridad social; este Acuerdo no constituye asesoría individual sobre esas materias.
19. Datos personales, perfil público y consentimientos separados
El tratamiento de datos personales se rige por la Política de Privacidad vigente, que identifica al responsable, las categorías de datos, finalidades, bases jurídicas, destinatarios, transferencias, conservación, seguridad y mecanismos para ejercer derechos.
La aceptación de este Acuerdo y el conocimiento de la Política de Privacidad se presentarán de forma separada. Cuando una finalidad requiera consentimiento, se solicitará mediante una acción inequívoca, informada, específica, trazable y revocable. La aceptación de este Acuerdo no constituye consentimiento agrupado para mercadeo, campos opcionales de perfil, datos sensibles ni usos adicionales del Contenido.
Para ejecutar el programa, presentar al Participante y atribuir sus obras, el perfil público podrá mostrar como elementos esenciales:
- el nombre de crédito o seudónimo elegido por el Participante;
- su retrato o avatar;
- una biografía breve;
- sus especialidades;
- su país y las zonas generales donde desarrolla su actividad, sin publicar una dirección o ubicación exacta;
- su condición dentro del programa;
- sus roles en las piezas; y
- sus obras aprobadas, fichas de crédito y perfil de contribuciones.
La publicación de estos elementos esenciales requiere una autorización expresa, afirmativa y separada de la aceptación de este Acuerdo. Debido a que la identificación y atribución pública son parte esencial del programa, si el Participante no concede esa autorización, el Operador podrá mantener la solicitud en estado privado, pero no estará obligado a activar el perfil ni a publicar Aportes. Si el Participante retira posteriormente la autorización, el Operador desactivará el perfil público y podrá suspender nuevas Publicaciones; el retiro no elimina los créditos indispensables de obras que continúen lícitamente publicadas bajo una licencia vigente.
El sitio web personal y los enlaces a redes sociales son opcionales. El Participante podrá retirarlos o modificarlos sin abandonar el programa. El Operador no publicará una dirección, coordenadas precisas ni una ubicación residencial como parte del perfil.
El nombre legal, documento de identidad, teléfono privado, dirección, datos fiscales o bancarios, credenciales, señales de seguridad y notas administrativas no se publicarán, salvo obligación legal o autorización específica.
Las autorizaciones de imagen, voz, menores, contenido sensible, derechos colectivos, exclusividad, publicidad, mercadeo y usos adicionales se solicitarán por separado cuando correspondan. Retirar un consentimiento opcional no afecta la licitud del tratamiento anterior ni las operaciones necesarias para ejecutar este Acuerdo o cumplir la ley.
20. Confidencialidad y seguridad de la cuenta
El Participante no divulgará credenciales, enlaces privados, ubicaciones sensibles, datos personales, presupuestos, borradores ajenos, materiales bajo embargo ni información marcada o razonablemente entendida como confidencial.
La obligación no cubre información pública, obtenida legítimamente de otra fuente, desarrollada de forma independiente o exigida por autoridad competente, siempre que la divulgación se limite a lo requerido. El Participante deberá informar sin demora accesos no autorizados, pérdida de credenciales o incidentes que puedan afectar una pieza o a terceros.
El Operador podrá aplicar controles razonables de acceso, autenticación, registro, respaldo y prevención de abuso. Ningún sistema es infalible; los incidentes se gestionarán conforme a la Política de Privacidad y la ley aplicable.
21. Retiro de Contenido, suspensión y terminación
Retiro solicitado por el Participante
El Participante podrá solicitar el retiro de una pieza mediante el canal legal indicado en el encabezado o la función disponible en su cuenta. La solicitud deberá identificar suficientemente la pieza y provenir de la cuenta o dirección verificada, o incluir evidencia razonable de identidad.
Una solicitud ordinaria de retiro no revoca ni termina anticipadamente la Licencia Estándar ya concedida. Durante el plazo de cinco años, el Operador podrá mantener la pieza, reemplazarla editorialmente, limitar sus usos o aceptar voluntariamente su retiro, según sus necesidades editoriales y los derechos vigentes. Si no acepta un retiro anticipado, tramitará la despublicación al vencimiento de la licencia, salvo renovación expresa.
Lo anterior no limita el derecho moral de retiro reconocido por la legislación aplicable. Cuando el Participante invoque ese derecho, deberá cumplir sus requisitos, incluida la indemnización previa de los daños y perjuicios que el retiro cause al Operador, conforme al artículo 45 de la Ley 64 de 2012. Una venta, licencia posterior, cambio de opinión o salida del programa no constituye por sí sola el ejercicio válido de ese derecho ni extingue la licencia.
Cuando proceda legalmente un retiro anticipado o el Operador lo acepte por escrito, dejará de iniciar nuevos usos públicos, retirará las copias públicas activas bajo su control dentro del plazo acordado o legalmente aplicable y depurará cachés y respaldos dentro de su ciclo técnico ordinario de hasta ciento veinte días. Podrá conservar de forma restringida identificadores, huellas, créditos, aceptaciones y evidencia mínima para obligaciones legales, contables, fiscales, de seguridad o defensa de reclamaciones, sin nueva explotación pública.
El Operador no controla copias almacenadas o compartidas por buscadores, archivos, usuarios, redes sociales o terceros independientes, pero retirará las publicaciones de sus propias cuentas y cursará solicitudes técnicas razonables cuando estén disponibles.
Si una pieza forma parte de una campaña, encargo o compromiso específico aún vigente, prevalecerán además las condiciones de terminación de ese instrumento. Las partes procurarán una transición razonable.
Suspensión o terminación por el Operador
El Operador podrá limitar una pieza o suspender una cuenta inmediatamente cuando sea razonablemente necesario para proteger personas, derechos, datos, evidencia, seguridad o la plataforma. También podrá suspender o terminar por fraude, suplantación, infracción de derechos, falsificación de autorizaciones, incumplimiento material, uso abusivo o inactividad prolongada.
Salvo urgencia o prohibición legal, informará la causa y ofrecerá una oportunidad razonable de aclaración. La terminación impide nuevas entregas, pero no elimina aceptaciones, historial, obligaciones ya nacidas, liquidaciones cerradas, evidencia necesaria ni responsabilidades anteriores.
22. Denuncias, derechos de terceros y correcciones
Cualquier persona podrá reportar una posible infracción identificando la obra, su ubicación, el derecho invocado, una explicación suficiente, evidencia razonable y datos de contacto. El Operador podrá retirar preventivamente la pieza, preservar evidencia, solicitar información y comunicar el reclamo al Participante.
El Participante podrá responder y aportar originales, licencias, autorizaciones o correcciones. El Operador decidirá de buena fe si mantiene el retiro, restablece la pieza, modifica créditos o exige otra solución. La falsificación de evidencia o reincidencia podrá causar la terminación de la cuenta.
Este procedimiento interno no impide acudir a las autoridades administrativas, tradicionales o judiciales competentes.
23. Responsabilidad e indemnidad
Cada parte responde por sus propios actos y por el incumplimiento de sus declaraciones.
El Participante mantendrá indemne al Operador, sus responsables y proveedores frente a reclamaciones de terceros causadas directamente por una garantía falsa, falta de autorización o infracción imputable a la pieza entregada. Esta obligación se aplicará únicamente en la medida de la responsabilidad del Participante y siempre que:
- reciba aviso razonablemente oportuno del reclamo;
- tenga acceso a información suficiente;
- pueda participar razonablemente en la defensa; y
- el Operador no admita responsabilidad ni celebre un acuerdo que imponga obligaciones al Participante sin consultarlo, salvo urgencia legal.
El Participante no responde por modificaciones, combinaciones, contextos o usos realizados por el Operador fuera de la licencia. El Operador responde por sus propios usos no autorizados y por sus obligaciones de confidencialidad, datos, atribución y pagos ya liquidados.
En la medida permitida por la ley, ninguna parte responderá frente a la otra por daños indirectos, punitivos o pérdida puramente especulativa de oportunidades. Esta exclusión no se aplica a fraude, dolo, culpa grave, violación de confidencialidad o datos personales, infracción deliberada de propiedad intelectual, obligaciones de pago ya liquidadas ni derechos que legalmente no puedan limitarse.
El Operador no garantiza admisión, Publicación, audiencia, posicionamiento, disponibilidad ininterrumpida ni ingresos.
24. Servicios de terceros y fuerza mayor
La plataforma puede depender de alojamiento, correo, redes sociales, mapas, analítica, moderación, traducción y pagos prestados por terceros. El Operador seleccionará y supervisará razonablemente a sus proveedores, pero no responde por actos de terceros independientes que estén fuera de su control y no deriven de un incumplimiento propio.
Ninguna parte será responsable por retrasos causados por hechos imprevisibles o inevitables fuera de su control razonable, incluidos desastres, fallas generales de infraestructura, ataques, órdenes de autoridad o interrupciones masivas. La parte afectada deberá mitigar el impacto y reanudar sus obligaciones cuando sea razonablemente posible. Esta cláusula no excusa pagos ya vencidos ni deberes de protección de datos o evidencia que aún puedan cumplirse.
25. Cambios de versión
Los cambios materiales se publicarán con un nuevo número de versión, fecha y resumen, y se notificarán conforme a la sección 27. El Participante deberá aceptar la nueva versión antes de presentar nuevos Aportes bajo ella.
Una modificación no amplía retroactivamente las licencias de piezas anteriores. Cada Aporte conserva la instantánea de la versión del Acuerdo que se aceptó para él. Las correcciones de formato, ortografía o referencias que no alteren derechos podrán aplicarse manteniendo trazabilidad.
Si el Participante no acepta una versión nueva, podrá dejar de presentar Aportes. Sus piezas anteriores continuarán bajo las condiciones que ya aceptó hasta su vencimiento, retiro o terminación aplicable.
26. Aceptación electrónica y evidencia
La aceptación se realizará mediante una acción afirmativa no preseleccionada. El sistema registrará, según corresponda:
- versión y texto aceptado;
- huella criptográfica SHA-256 del documento y, para cada pieza, del archivo o versión identificada;
- fecha, hora y zona horaria;
- identificador de cuenta y correo verificado;
- idioma;
- dirección IP, agente de usuario y contexto razonablemente necesarios; y
- pieza, autorizaciones de terceros declaradas y acción de aceptación relacionadas.
El Operador enviará una confirmación o mantendrá una copia descargable y accesible en la cuenta. Los registros se conservarán íntegros y protegidos contra alteración. Una corrección esencial requerirá una nueva aceptación.
La huella SHA-256 demuestra correspondencia e integridad de una versión, pero por sí sola no prueba la identidad del aceptante ni equivale a una firma electrónica calificada. La evidencia se evaluará en conjunto con la cuenta, correo, acción afirmativa y demás registros.
27. Notificaciones verificables
Las comunicaciones operativas ordinarias podrán enviarse al correo verificado o mostrarse en el panel.
Se consideran notificaciones materiales las relativas a cambios sustanciales del Acuerdo, renovación de licencias, reclamaciones de derechos, suspensión o terminación, retiro de obras, activación o cierre de períodos económicos y liquidaciones.
El Operador enviará las notificaciones materiales al correo verificado del Participante y, cuando exista, dejará una copia accesible en el panel. Conservará el registro del envío, la respuesta del proveedor de correo y la versión del documento comunicado. Una simple publicación en el panel, sin intento de envío al correo verificado, no será suficiente para una notificación material.
Una notificación material se considera entregada cuando ocurra primero uno de estos hechos:
- el servidor de destino acepta el correo sin registrar un rebote permanente;
- el Participante la abre o acusa recibo en la cuenta; o
- existe otra constancia verificable de entrega.
Si se produce un rebote permanente, el Operador realizará al menos un intento razonable por otro canal registrado, cuando esté disponible. La falta de actualización de los datos por el Participante no prolonga indefinidamente obligaciones operativas ni impide medidas urgentes de seguridad. En ningún caso una notificación sustituye la aceptación afirmativa exigida para renovar una licencia o ampliar derechos.
Las notificaciones del Participante al Operador deberán enviarse al correo legal indicado en el encabezado o por un formulario que genere constancia. Cada parte mantendrá actualizados sus datos de contacto.
28. Ley aplicable y controversias
Este Acuerdo se rige por las leyes de la República de Panamá.
Antes de iniciar una demanda, las partes procurarán negociar de buena fe durante treinta días calendario contados desde una notificación escrita que describa la controversia y la solución solicitada. Este paso no es exigible cuando se necesite una medida urgente para proteger personas, derechos, datos, evidencia o seguridad, ni limita el acceso a una autoridad administrativa competente.
Si no existe acuerdo, serán competentes los tribunales de la República de Panamá conforme a las reglas legales aplicables. Este Acuerdo no impone arbitraje obligatorio.
29. Integridad, prelación, cesión y divisibilidad
Para una pieza concreta prevalecen, en este orden:
- contrato particular de encargo, cesión o modificación expresamente firmado o aceptado;
- Aceptación de Licencia por Pieza;
- este Acuerdo; y
- términos generales del sitio.
La Política de Privacidad prevalece en materia de datos personales. Una disposición particular solo modifica este Acuerdo respecto de la pieza o materia que identifique expresamente.
El Participante no podrá ceder su cuenta ni este Acuerdo sin autorización escrita del Operador. El Operador podrá transferir este Acuerdo y las licencias asociadas como parte de una reorganización o transferencia de la operación de PanamAdventure a un sucesor que asuma por escrito las obligaciones correspondientes, siempre que envíe una notificación material y no amplíe los usos concedidos. No podrá vender o ceder una licencia individual de forma aislada para explotación independiente por un tercero.
Si una cláusula resulta inválida o inaplicable, se ajustará al mínimo necesario y las demás continuarán vigentes. La demora en ejercer un derecho no constituye renuncia. Los títulos facilitan la lectura y no modifican el contenido.
30. Marco normativo de referencia
Este texto se estructura principalmente con referencia a:
- la Ley 64 de 10 de octubre de 2012 sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos;
- la Ley 51 de 22 de julio de 2008 sobre documentos y firmas electrónicas y comercio electrónico;
- la Ley 81 de 26 de marzo de 2019 sobre protección de datos personales y el Decreto Ejecutivo 285 de 28 de mayo de 2021;
- la Ley 20 de 26 de junio de 2000 sobre derechos colectivos de los pueblos indígenas; y
- las demás normas civiles, comerciales, laborales, tributarias, de consumo, aviación, patrimonio y seguridad aplicables.
La enumeración no excluye normas especiales o reformas posteriores ni convierte estas referencias en condiciones adicionales distintas de las expresamente incluidas en el Acuerdo.
31. Declaraciones finales y aceptación
Al marcar la casilla de aceptación, el solicitante declara que:
- leyó y comprendió este Acuerdo;
- tiene al menos dieciocho años y capacidad para obligarse;
- tuvo acceso a una copia;
- acepta el marco de participación y la autorización temporal de evaluación; y
- comprende que cada pieza requerirá una Aceptación de Licencia por Pieza separada antes de publicarse.
Esta aceptación no concede una licencia general sobre el portafolio ni sobre obras futuras. El Operador no podrá publicar un Aporte sin la Aceptación de Licencia por Pieza correspondiente.
Texto recomendado para la interfaz:
“He leído y acepto el Acuerdo de Participación y Aportes Territoriales de PanamAdventure, versión 2.1, incluida la autorización temporal para evaluar mis propuestas. Comprendo que cada Aporte requerirá una licencia individual antes de publicarse”.
Anexo A — Campos mínimos de la Aceptación de Licencia por Pieza
Las condiciones de la licencia (usos, canales, territorio y plazo) no se registran pieza por pieza: las fija la sección 9 y son idénticas para toda Aceptación otorgada bajo esta versión. Lo que la plataforma registra por pieza es la aceptación misma:
- Identificador de la pieza autorizada y su título al momento de aceptar.
- Sujeto acreditado titular de la autorización.
- Versión del Acuerdo aceptada y su huella SHA-256, tanto del idioma leído como del texto canónico en español.
- Idioma en que se leyó el documento e idioma prevalente.
- Estado del documento al momento de aceptar.
- Confirmación expresa de las dos casillas: reafirmación del Acuerdo marco y otorgamiento de la licencia individual.
- Autorizaciones de terceros declaradas por el Participante —imagen y voz, menores de edad, música y obras incorporadas, propiedad y locación, operación de dron, derechos culturales colectivos— y su referencia de evidencia, cuando la haya.
- Confirmación de la declaración de veracidad y de conservación de los originales.
- Fecha, hora e IP de la acción afirmativa.
El estado editorial de la pieza (borrador, en revisión, aprobada, rechazada, cambios solicitados, publicada) se conserva en el registro de la propia pieza, no en la Aceptación: la Aceptación es una instantánea inmutable del consentimiento y no se reescribe cuando el estado cambia.
Anexo B — Separación de aceptaciones y consentimientos
La interfaz deberá distinguir, según corresponda:
- Obligatoria: aceptación del Acuerdo marco.
- Separada: constancia de lectura de la Política de Privacidad y consentimientos específicos únicamente cuando sean necesarios.
- Por pieza: Aceptación de Licencia por Pieza.
- Opcional: comunicaciones comerciales o boletines.
- Separada y necesaria para activar el perfil público: autorización para publicar el nombre de crédito, retrato o avatar, biografía breve, especialidades, país o zonas generales, condición dentro del programa, roles y obras aprobadas.
- Opcional: publicación del sitio web personal y enlaces a redes sociales.
- Especial y separada: uso publicitario para terceros, exclusividad, entrenamiento de inteligencia artificial, derechos colectivos, imagen o voz, transferencia adicional u otros usos no incluidos en la licencia seleccionada.